Cuatro de cada diez dueños de departamentos permiten tener mascotas a sus arrendatarios

febrero 28, 2020
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Según cifras entregadas por la proptech Houm, este número representa el doble de lo que se permitía en 2019. El sector oriente es el más permisivo en la tenencia responsable de mascotas.

Por: Renato Herrera Lagos

Con la entrada en vigencia de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria este año, se estableció que los edificios ya no pueden prohibir la permanencia de mascotas dentro de los recintos. Algo muy relevante si consideramos que según Cadem, el 86% de los chilenos cuenta al menos con un animal de compañía y para las generaciones más nuevas, ya sea el gen z ó los millennials, se han transformado en un miembro más de la familia.

Sin embargo, esto no quiere decir que los propietarios de un departamento no puedan decidir si quieren o no este tipo de animales en sus propiedades. De hecho, según cifras entregadas por Houm, sobre un universo de casi 2 mil usuarios, aproximadamente 4 de cada 10 dueños de propiedades, permite la tenencia de mascotas a la hora de poner sus inmuebles en arriendo a través de este servicio en la actualidad.

Si bien, parece un número bajo, según la información entregada por la proptech, estas cifras representan el doble de la situación en 2019, cuando solo el 22% de los dueños de departamentos aceptaban animales a la hora de arrendar sus propiedades. El sector oriente de Santiago es el que lidera con un 51% de arriendos que autorizan la tenencia de mascotas.

Patricio Borgoño, country manager de Houm, señala que “hoy, tanto jóvenes como adultos perciben a las mascotas como sus propios hijos, y en muchos casos, como su única compañía, por lo que es de suma relevancia manejar estos datos para cumplir con las expectativas y necesidades de las personas”.

Además establece que: “Es un punto de alto impacto al momento de escoger una vivienda para arrendar, ya sea por parte del propietario que muchas veces opta por prohibir la tenencia de mascotas para cuidar el inmueble y evitar los posibles desgastes, o por parte de los arrendadores que requieran y disfruten de la presencia de estos animales. Nuestro objetivo es lograr satisfacer ambas de una manera en que se respeten ambos requerimientos, que sin duda son claves”.

El arribo de la pandemia impulsó la adopción de mascotas para amortiguar la carencia afectiva en el confinamiento, sobre todo para quiénes vivían solos. De acuerdo con un estudio de la Fundación Affinity, en España durante 2020 el 71% de los encuestados consideró que estar con un perro o gato le ayudó a sentirse menos solo y más de la mitad aseguró que sus animales le ayudaron en momentos difíciles.

Para Carolina Araya, directora de la Escuela de Derecho de la Universidad de Las Américas, sede Concepción. “Es posible que lo prohiban, pero solo en la medida en que los copropietarios aprueben un reglamento que contenga este tipo de cláusulas limitativas y en una asamblea extraordinaria”.

Desde Derecho Fácil, estudio jurídico cuyo objetivo es acercar los conceptos legales a términos menos técnicos, explican que si bien esta ley 19.537es la que rige qué es lo que se puede hacer y qué no en un edificio, “tal como indica la Corte de Apelaciones de Santiago en un fallo del 9 de agosto de 2021, la legislación antes mencionada regula los usos o espacios comunes de los copropietarios y no tiene alcance inmediato de cada departamento”, expresan.

En Chile y de acuerdo a Cadem, el 67% de los chilenos tendría una mascota en el futuro, lo que podría ser determinante a la hora de arrendar un departamento y priorizar características como mallas gateras, seguridad, acceso a terraza o balcón y áreas verdes.